En relación a la campaña de renta y patrimonio de 2020, particularmente en el caso de la renta, no cabe duda alguna que nos encontramos ante una campaña de renta un tanto peculiar y caracterizada principalmente por la novedad de la obligación fiscal de declarar los tan conocidos ERTE.
Debemos recordar que los ERTE son rendimientos de trabajo y que por lo tanto están sujetos al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
El problema de esta figura jurídica es que el pagador de este ERTE es el servicio público estatal de empleo y como tal, no tiene obligación de retener (como sí lo hacen las empresas) cuando el importe anual de lo pagado es inferior a 14.000 euros.
Por ello, sí o sí, es en el momento de la declaración de la renta cuando el trabajador que ha estado en ERTE deberá declarar el importe percibido a efectos de rendir cuentas y pagar si procede la parte proporcional de lo recibido en relación a su situación tributaria.
No obstante, existe un problema añadido. Como bien somos conocedores, han existido múltiples errores por parte del SEPE a la hora de abonar dichos ERTES, ello va a suponer otras tantas regularizaciones que afectaran igualmente a la declaración de la renta, o que conllevará modificaciones de la misma tanto al alza como a la baja y quizá veamos un aluvión de solicitudes por la vía de ingresos indebidos. Como decíamos al principio, nos encontramos ante un año particular, distinto y un tanto especial desde un punto de vista tanto social como fiscal y tributario.
Por otro lado, deseo terminar este artículo contestando también a una consulta generalizada por parte de los autónomos clientes de la asesoría. Se trata de la ayuda por prestación por cese de actividad. En este caso, la forma de declarar dicha prestación no es por rendimientos de actividades económicas sino por rendimientos del trabajo. Sé que los rendimientos del autónomo vienen originados por su actividad, pero en este caso, no es la actividad quien lo genera sino una prestación por desempleo. Mucho cuidado con esto porque si lo tenemos claro evitaremos futuras paralelas de hacienda y sus respectivas sanciones.